Ratifican 42 años y medio para el acusado del doble crimen de Santovenia

El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de la defensa y mantiene la condena de 42 años y medio de prisión para 'El Chiqui'

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Ratifican 42 años y medio para el acusado del doble crimen de Santovenia
Tania Díez Perea
Tania Díez Perea
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la condena de 42 años y medio de prisión para Pablo Antonio S.H, apodado El Chiqui, quien fue juzgado por matar a un vecino y al que fuera jefe de la Unidad de Intervención Especial (UIE) de la Guardia Civil el 1 de julio de 2022 en Santovenia de Pisuerga.

El TSJCyL ha confirmado así la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, establecida tras el veredicto de un jurado popular, y fija 18 años por homicidio y atentado, cometidos contra el entonces jefe de la UIE, el teniente coronel Pedro Alfonso Casado, de 50 años.

Confirma igualmente 16 años y medio por asesinato con atenuante de estado pasional, perpetrado al matar a un vecino de su edificio, Dionisio A.P, de 45 años y seis años de cárcel por tentativa de homicidio, también con atenuante de estado pasional, cometido contra el hijo del residente en su inmueble al que quitó la vida.

Las acusaciones contra el procesado se centraron en que primero mató a su vecino, tras una disputa entre miembros de ambas familias y mantuvo secuestrado al novio de su hijastra en una vivienda donde se atrincheró, un delito que el jurado no consideró probado y del que el encausado fue absuelto.

Los cargos contra el procesado también abarcaron que intentó acabar con la vida de un hijo de Dionisio A.P, tras matar a su vecino.

Hasta Santovenia, se desplazó desde Madrid la UIE, cuyo jefe murió horas después de recibir un tiro en la cabeza disparado por el acusado a través de la puerta del domicilio en el que se encontraba parapetado.

Entre otros argumentos, el TSJCyL considera, en cuanto a la motivación del veredicto del jurado, que no existe ausencia o déficit de motivación alguno en el veredicto.

En el acta de votación correspondiente, aparecen detallados todos y cada uno de los hechos que el jurado declaró probados y no probados, con una explicación de los elementos de convicción a que los miembros del jurado atendieron para hacer tales declaraciones, explicación que el tribunal califica de suficiente en todos los casos.

La sentencia llega a la conclusión condenatoria a partir de los distintos medios de prueba practicados en el acto de juicio oral, valorados conjuntamente por los miembros del tribunal del jurado, tal y como fueron expresados en el acta correspondiente de votación del objeto del veredicto.

A partir del acta de votación del jurado, que contiene la expresión de los elementos de convicción y la sucinta explicación de las razones por las que los jurados declararon probados determinados hechos, se llega a la conclusión condenatoria desvirtuando el principio de presunción de inocencia, agrega el TSJCyL.

La resolución judicial, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, desestima así los recursos planteados por la defensa del acusado y por el Equipo de Víctimas de la Guardia Civil, personado en la causa. 

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