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Preguntas y respuestas de la nueva ZBE de Valladolid: todo lo que necesitas saber

Desgranamos las "FAQ" referidas a la nueva Zona de Bajas Emisiones que ha entrado en vigor este 1 de enero

Preguntas y respuestas de la nueva ZBE de Valladolid: todo lo que necesitas saber
Área de la nueva Zona de Bajas Emisiones en el plano de Valladolid. Elaboración: TRIBUNA
Rebeca Pasalodos Pérez
Rebeca Pasalodos Pérez
Lectura estimada: 3 min.

El 1 de enero de este recién estrenado 2025 ha traído consigo la entrada en vigor de la nueva Zona de Bajas Emisiones de Valladolid que cuya aprobación se hizo oficial en el BOP del 19 de noviembre de 2024. Es mucha la información a tener en cuenta para entender qué vehículos pueden entrar y cuáles no, cuándo se empezará a sancionar o cuáles son las exenciones fijas y temporales en esta nueva ZBE, entre otras cuestiones. Así, estas serían las FAQ o preguntas frecuentes al respecto de la nueva ordenanza:  

¿Qué es la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Valladolid?

Es un área delimitada en el centro de la ciudad donde se restringe la circulación de determinados vehículos para mejorar la calidad del aire y promover una movilidad más sostenible. Se elabora en el marco de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética. Abarca una superficie de 1,1 km2 y ha entrado en vigor el 1 de enero de este 2025.

¿Cuáles son los objetivos de la ZBE en Valladolid?

  • Reducir la concentración de contaminantes del aire.
  • Disminuir la intensidad del tráfico y la siniestralidad.
  • Promover una movilidad más sostenible.
  • Acelerar la renovación del parque de vehículos.
  • Reducir el ruido ambiental generado por el tráfico.

¿Cuándo se aplicarán las restricciones (y sanciones) para diferentes tipos de vehículos?

  • Vehículos sin etiqueta: a partir del 1 de julio de 2025.
  • Vehículos con distintivo B: a partir del 1 de enero de 2028.
  • Vehículos con distintivo C: a partir del 1 de enero de 2030.

¿Qué vehículos pueden acceder y circular libremente dentro de la ZBE?

  • Bicicletas, otros ciclos y vehículos de movilidad urbana (VMU).
  • Vehículos con distintivo ambiental 0 EMISIONES o ECO.
  • Vehículos de uso compartido y multiusuario.
  • Vehículos para personas con movilidad reducida y transporte colectivo de personas con discapacidad.
  • Vehículos de servicios públicos esenciales.
  • Vehículos autorizados mediante exenciones o permisos temporales

¿Cuáles son las calles que delimitan la ZBE?

La ZBE está delimitada por las siguientes calles: Plaza de Zorrilla, calle María de Molina, calle Doctrinos, paseo de Isabel la Católica, calle San Quirce, calle Esteban García Chico, plaza de San Pablo, calle Cardenal Torquemada, calle Rondilla de Santa Teresa, calle Gondomar, calle Chancillería, calle Ramón y Cajal, calle Colón, calle Cardenal Mendoza, plaza del Colegio de Santa Cruz, calle Merced, calle Pedro Barruecos, calle Alonso Pesquera, plaza de la Cruz Verde, calle Labradores, calle Acibelas, calle Cadena, calle Párroco Domicio Cuadrado, calle Vega, calle Panaderos, plaza de España, calle Miguel Íscar y plaza de Zorrilla.

¿Existen excepciones al régimen de usos de la ZBE?

Sí, se permite la circulación puntual y justificada de vehículos en caso de obras en la vía pública u otras circunstancias temporales de fuerza mayor e interés público.

¿Qué vehículos están exentos de las restricciones de la ZBE?

  • Residentes empadronados en la ZBE.
  • Vehículos de servicios de urgencias (agua, gas, electricidad, telecomunicaciones) y obras en la vía pública.
  • Taxis y transporte público colectivo, turístico y escolar.
  • Carga y descarga en horarios permitidos.
  • Vehículos de empresas que prestan servicios en la ZBE.
  • Acceso a garajes privados en la ZBE.
  • Mudanzas, servicios funerarios y transporte de fondos.
  • Grúas de rescate y vehículos taller.
  • Personas con ingresos bajos (1,3 veces el IPREM).
  • Familias numerosas de categoría especial.

¿Qué accesos temporales se permiten independientemente de la clasificación ambiental del vehículo?

Se permite el acceso temporal para:

  • Talleres de reparación.
  • Aparcamientos privados de alojamientos turísticos.
  • Aparcamientos abiertos al público.
  • Hospitales, citas médicas, centros de donación y clínicas veterinarias.
  • Actos en la vía pública y ocupaciones autorizadas.
  • Centros educativos para acompañar a menores de 16 años durante el periodo lectivo.

¿Cómo se gestionará el estacionamiento en la ZBE?

Solo podrán aparcar en superficie los vehículos autorizados o con exención de la limitación de acceso, en las condiciones establecidas por la ordenanza municipal reguladora de los aparcamientos limitados (O.R.A.).

¿Qué sistemas de monitorización y seguimiento se implementarán en la ZBE?

El control se realiza mediante un sistema de cámaras que leen las matrículas de los vehículos y las contrastan con una base de datos de vehículos autorizados. En el perímetro de la ZBE serán 32 las cámaras instaladas, 49 en total sumando las que quedan fuera perímetro.

¿Qué pasa si no se cumplen las restricciones?

Incumplir las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento en la ZBE se considera una falta grave según la Ley de Tráfico, con la correspondiente sanción económica, según el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

¿Dónde puedo consultar el distintivo ambiental de mi vehículo?

Puede consultar el distintivo ambiental de su vehículo en la web de la DGT: Consulta del distintivo ambiental.

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