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Las nuevas normas de ahorro energético: escaparates y monumentos apagados a las diez de la noche, pero no las luces navideñas
El decreto del Gobierno obliga a edificios públicos, tiendas y centros comerciales a poner el aire acondicionado a 27 grados y apagar la iluminación decorativa
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el real-decreto de medidas de ahorro y eficiencia energética aprobado el lunes por el Gobierno que recoge la obligatoriedad en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles de limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno.
Respecto a las sanciones que podrían darse en el caso de no cumplirse esta normativa, la ministra indicó que "existe un régimen sancionador que se aplicaría", pero que la vigilancia corresponde a las comunidades autónomas.
Este paquete de medidas, que complementa el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), también obligará a apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados a partir de las 22.00 horas, una medida para la que tendrán siete días para su cumplimiento.
En el caso de todas estas iniciativas, el periodo para su aplicación será de una semana desde su publicación en el BOE y tendrán una vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.
También que se apagará la iluminación decorativa de fachadas a partir de las 22.00 horas, mientras que la regulación de la iluminación exterior solo afectará a los edificios de uso público, no a las ornamentales, por ejemplo, las luces navideñas.
Asimismo, se obligará a que antes del 30 de septiembre tanto edificios como locales dispongan de cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro por pérdidas de energía al exterior.
Igualmente, deberán incorporarse carteles para explicar estas medidas de ahorro en los establecimientos, así como para informar sobre las temperaturas y niveles de humedad.
Las medidas también incluyen la exigencia de someterse a una revisión extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022 a aquellos edificios obligados que hayan realizado el anterior trámite antes del 1 de enero de 2021, de modo que todos los edificios con un consumo de climatización relevante hayan superado una inspección en los últimos dos años.
De esta forma, para ejecutar rápidamente las obras de mejora energética en los edificios de las administraciones públicas, estas podrán aplicar procedimientos de contratación de urgencia. Además, estos contratos se ejecutarán en un plazo inferior a un mes desde su formalización, según precisó la titular del ramo.
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