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La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a 25 años de cárcel y a prisión permanente revisable a David Maroto, el hombre al que un jurado popular halló culpable de matar a su pareja sentimental, Paloma, y a la hija de ésta, la pequeña India de ocho años, en enero de 2023
El magistrado concreta así la pena de prisión, después de que el tribunal popular emitiera un veredicto de culpabilidad tras el juicio celebrado el pasado mes de diciembre.
El magistrado impone al acusado 25 años de cárcel por el asesinato con alevosía y ensañamiento de su compañera sentimental. Aprecia la agravante de parentesco y de actuar por razones de género. Además, por el asesinato con alevosía de la niña, con la agravante de parentesco, le condena a prisión permanente revisable.
En la sentencia también se determina que David Maroto no podrá acercarse a menos de 500 metros de la madre y de las dos hermanas de Paloma ni comunicarse con ellas durante 35 años, mientras que con el padre de India el periodo establecido es de años superior en diez años a la duración de la pena de prisión impuesta. En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar al padre de la niña con 160.000 euros, así como con 113.000 euros a la madre y con 25.000 a cada una de las hermanas.
Los hechos juzgados ocurrieron durante la madrugada del 23 de enero de 2023, cuando el ahora condenado apuñaló a las dos víctimas en un quinto piso de un edificio del céntrico Paseo Zorrilla de Valladolid, donde convivían, tras lo que se autolesionó.
El magistrado ha emitido la resolución judicial tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, que consideró que ninguna de las dos víctimas tuvo posibilidad de defensa -alevosía- y que, en el caso de Paloma, el procesado causó deliberadamente más daño para causarle la muerte -ensañamiento-.
El jurado fijó como probado que el procesado convivía con Paloma y su hija en el momento en el que se desencadenaron los hechos -agravante de parentesco- y también declaró que existió agravante por razones de género. Los encargados de deliberar rechazaron que un amigo del procesado le proporcionara droga que afectara gravemente a la consciencia y al control de sus actos desde ese momento y durante los hechos, como alegaba la defensa.
Tras el veredicto, el fiscal mantuvo la petición de veinticinco años de prisión por el asesinato de Paloma y prisión permanente revisable por el de su hija.
Las tres acusaciones particulares personadas en la causa, en representación de la madre y las hermanas de Paloma, del padre de la menor asesinada y la Junta de Castilla y León, además de la acción popular, ejercida por la Asociación Clara Campoamor, sostuvieron la reclamación de las mismas penas que el fiscal, veinticinco años de cárcel por asesinar a Paloma y prisión permanente revisable por asesinar a India.
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