Arsenio Escolar, presidente de CLABE, alerta sobre el fenómeno de la desinformación en la Comisión para la Auditoría de la Calidad Democrática del Congreso
El exministro del Partido Popular, Eduardo Zaplana, ha sido condenado a 10 años y cinco meses de prisión como autor de los delitos de blanqueo de capitales, cohecho y falsedad documental mercantil. Además se le ha impuesto una multa de 20,6 millones de euros y queda inhabilitado durante ocho años y nueve meses por delito de prevaricación administrativa dentro de la trama corrupta del 'caso Erial', juzgada por la sección cua rta de la Audiencia Provincial de Valencia, referente a la privatización de las ITV y las adjudicaciones del Plan Eólico.
El Tribunal le absuelve del delito de grupo criminal pero decreta el comiso de diferentes bienes y cuantías intervenidas durante la instrucción de la causa
La Sala también ha condenado a otros cinco acusados, entre ellos los empresarios Vicente y José Cotino, a penas de entre un año y tres meses y siete años y medio de prisión por prevaricación, cohecho, falsedad y blanqueo de capitales.
Los ocho acusados restantes en el denominado caso Erial, entre los que se encuentra el también expresident de la Generalitat José Luis Olivas, han sido absueltos después de que la Fiscalía retirara la acusación para tres de ellos o por no apreciar pruebas que sustenten una condena, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, tras el juicio que quedó visto para sentencia el pasado mes de mayo, consta de 364 páginas, no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
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Acuerdo del que se ha desmarcado la patronal y que en la última semana ha suscitado diferentes en los plazos de aplicación entre PSOE y Sumar
Por su parte, han encontrado "0 mensajes" en el móvil del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, entre el 8 y el 14 de marzo
Según su denuncia, se trata de hechos delictivos de "suma gravedad" porque vulneran su derecho fundamental al secreto de las comunicaciones