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Absuelven a un profesor de Medina condenado a 14 años de prisión por agredir sexualmente a un alumno menor

Consideran "poco fiable" el testimonio de la víctima, que es la "única prueba" y, por tanto, "insuficiente para la condena"

Absuelven a un profesor de Medina condenado a 14 años de prisión por agredir sexualmente a un alumno menor
Alejandro De Grado Viña
Alejandro De Grado Viña
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha decidido absolver al profesor de Medina del Campo, que fue condenado a 14 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Valladolid tras presuntamente agredir sexualmente a un alumno menor de edad. El TSJCyL considera "poco fiable" el testimonio de la víctima, "única prueba" e "insuficiente para la condena". De hecho, sostiene que se encuentran "exclusivamente con la declaración del denunciante como única prueba de cargo de las imputaciones", por lo que "basarse en dicha prueba", supone "un acto de fe en la veracidad de lo que el mismo refiere, que consideramos insuficiente para dicha condena por sí sola".

Según el fallo del Alto Tribunal, contra el que cabe recurso de casación, "la condena del acusado, por tanto, en la sentencia recurrida supone la infracción de los principios de presunción de inocencia y de 'in dubio pro reo', dado que el mismo debió ser absuelto con todos los pronunciamientos favorables, puesto que no ha quedado acreditada, más allá de toda duda razonable, la comisión del grave delito imputado".

Cabe recordar que el juicio seguido en la Audiencia Provincial de Valladolid, la fiscalía solicitó 23 años de pena para ese profesor, que en el 2023 ya fue condenado a 13 años por abusar de otro alumno. La víctima, que compareció por videoconferencia, se ratificó en sus declaraciones previas y acusó a A.F. de invitarle con frecuencia a su apartamento que tenía en el mismo centro educativo. Es más, sostuvo que los hechos más graves tuvieron lugar a finales de 2014, cuando el acusado le dio un masaje en la espalda mientras estaba tumbado, le dio la vuelta para masturbarle y, al negarse el adolescente, le abofeteó y le penetró analmente. Una situación que se repitió en dos ocasiones más.

También sostuvo que el denunciado "le llamaba sin necesidad" y le mandaba mensajes con mucha frecuencia, que solían tomar alcohol y "fumar cachimba" en sus estancias junto a otros alumnos, aunque los supuestos ocurrieron cuando estaban solos, y ha señalado su relación le hizo sentirse "guay" por la atención recibida. "Por lo tanto, tales pruebas y datos pudieran servir, todo lo más, para corroborar la existencia de una relación de amistad, de tipo homosexual, entre acusado y denunciante, pero no la existencia de actos de contenido sexual entre ellos", concluye el TSJCYL.