logo

Confirman la absolución del vallisoletano acusado de quedarse con dinero de su madre con Alzheimer

El TSJCyL ha inadmitido y ha desestimado el recurso planteado por dos hermanos del encausado

imagen
Confirman la absolución del vallisoletano acusado de quedarse con dinero de su madre con Alzheimer
Miguel Ángel  Fernández
Miguel Ángel Fernández
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Valladolid que absolvió a un bodeguero, Ricardo R.F., quien había sido acusado de un delito de administración desleal supuestamente cometido al quedarse con dinero de su madre enferma de Alzheimer.

El TSJCyL ha inadmitido y ha desestimado el recurso planteado por dos hermanos del encausado y ha ratificado la sentencia absolutoria, según han informado fuentes jurídicas.

La resolución del tribunal autonómico especifica que los recurrentes, durante la instrucción de la causa y fases posteriores, hasta el momento del acto del juicio oral, ostentaron la posición procesal de acusadores particulares.

Pero el órgano de enjuiciamiento de la causa, en el comienzo de las sesiones del juicio, entendió que no podían desempeñar dicha posición, en cuanto eran hermanos de doble vínculo del acusado, de modo que no podían ejercitar acciones penales entre sí, por lo que se les transformó dicha condición pasando a ser únicamente actores civiles.

Dicha decisión del tribunal, en el momento procesal de las cuestiones previas al juicio, fue mantenida en la sentencia, y, sin embargo, tales actores civiles no han impugnado tal decisión ni se han referido a la cuestión en el recurso de apelación que han interpuesto contra la sentencia absolutoria, por lo que la atribución de la condición de simples actores civiles ha devenido firme, establece el TSJCyL.

Las acusaciones contra el procesado, para el que la Fiscalía había pedido seis años de prisión, se centraron en que en agosto de 2016 se constituyó una sociedad unipersonal que llegó a alcanzar una cifra final de más de diez millones de euros de capital social y el modelo de organización adoptado para su administración fue el de dos administradores solidarios, la madre del encausado y el procesado.

El fiscal consideró que, con el paso de los años, la mujer empezó a desarrollar la enfermedad de Alzheimer, llegando a modificarse su capacidad de obrar, situación según sostuvo el ministerio público aprovechó el supuesto autor para quedarse con dinero de ella.

La sentencia de la Audiencia que absolvió al procesado consideró acreditado que el encausado empleó el dinero con la conformidad de su madre.

El encausado sostuvo el primer día de la vista oral que no aprovechó la situación de déficit cognitivo que padeció su progenitora para retirar dinero en efectivo, cheques y hacer traspasos de dinero a su cuenta, y argumentó en este sentido que no le hacía falta, porque él tenía su nómina. 

0 Comentarios

* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Mobile App
X

Descarga la app de Grupo Tribuna

y estarás más cerca de toda nuestra actualidad.

Mobile App