Se llevó a cabo, entre lágrimas de algunos de los presentes, en una procesión que partió desde la iglesia de San Miguel y San Julián
FACUA denuncia al Conexión Valladolid y exige compensar la ausencia de Ana Mena
La asociación considera que la promotora impuso cláusulas abusivas y se negó a reembolsar parte del precio de las entradas por la caída de la artista andaluza
FACUA Castilla y León ha denunciado ante la Dirección General de Comercio y Consumo de Castilla y León a la empresa y promotora del festival Conexión Valladolid Festival 5.0 por imponer cláusulas abusivas y por publicitar como reclamo a la artista Ana Mena, que finalmente no apareció en el escenario del evento, negándose a proporcionar una solución "aceptable" a los consumidores afectados por este cambio de las condiciones previamente anunciadas.
La asociación ha elevado un escrito ante la autoridad de consumo para defender los intereses de los 20.000 asistentes a este festival que se celebró los días 30 de junio y 1 de julio en el recinto de Antigua Hípica - Pinar de Antequera de Valladolid, y ha empezado a tramitar las reclamaciones de socios debido a que publicitaron la actuación de la cantante Ana Mena, que no actuó el 1 de julio, y entre otras "irregularidades" se impidió el acceso con comidas y bebidas del exterior al recinto.
Devolución
La Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León dispone en su artículo 22 que los usuarios tienen "derecho a exigir que el espectáculo o la actividad se desarrolle en su integridad y en la forma y condiciones anunciadas", y añade que "las suspensiones o alteraciones significativas relacionadas con el espectáculo o la actividad anunciadas que no obedezcan a causas de fuerza mayor darán derecho a exigir del organizador la repetición o reinicio de la actividad o, en su caso, la devolución del importe de las localidades, sin perjuicio de las acciones que se puedan ejercer de acuerdo con la legislación civil, mercantil y, en su caso, penal".
Y en el artículo 24 se establece sin lugar a dudas que los organizadores de espectáculos públicos tienen obligación de realizar "a devolución de las cantidades satisfechas por la localidad, y en su caso la parte proporcional del abono, cuando el espectáculo sea suspendido o modificado en sus aspectos esenciales (...) sin perjuicio de las reclamaciones que, conforme a la legislación vigente pudieran plantearse".
La promotora del Conexión Valladolid, que sí cobró el precio íntegro de las entradas, se limitó a expresar un "lamentamos de corazón las molestias que esto pueda causar" en el mismo comunicado que compartió en redes donde expuso que "su concierto no se sustituirá por ningún artista". Para cubrir su baja, indicaron, "todos los conciertos del sábado ampliarán su duración".
La asociación no tiene constancia de que la promotora del Conexión Valladolid haya abierto un procedimiento para facilitar a los asistentes la devolución de la entrada o de parte de su importe.
Acceso con comidas y bebidas del exterior
Entre otras posibles infracciones que FACUA Castilla y León ha pedido investigar y sancionar a la Dirección General de Comercio y Consumo de Castilla y León está que en la página web de este espectáculo musical se recoge en sus condiciones de ventas de entradas que "en el recinto del evento no se puede acceder con comida ni bebida. En caso de necesidad médica (celíacos, etc.) deberá presentarse un justificante médico que lo acredite".
La asociación recuerda en su escrito que la actividad principal del evento denunciado no es la hostelería, sino el desarrollo de un espectáculo musical, por lo que la prohibición de consumir comida y bebidas adquiridas fuera del recinto no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada, máxime cuando en el propio interior del recinto es posible adquirir bebidas.
Esta prohibición mencionada implica una vulneración del apartado primero del artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que estipula con claridad meridiana que "se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".
La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) -ahora, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan)-, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una "cláusula abusiva" ya que el consumidor "se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida".
FACUA llama a los afectados por estas cláusulas abusivas, y por la modificación unilateral del cartel de artistas previsto para este evento, a reclamar ante la promotora del Conexión Valladolid Festival 5.0, y recuerda que pueden acudir a la asociación para defender los derechos que les asisten como consumidores.
Al mismo tiempo, la asociación insta a la Dirección General de Comercio y Consumo de Castilla y León a abrir expedientes sancionadores por las infracciones que han podido cometer, en línea con lo denunciado, para salvaguardar los derechos de los usuarios.
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