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Los embalses del Duero, al 72% de capacidad, diez puntos menos que hace un año

La CHD explica esta disminución por la ausencia de precipitaciones y el adelanto de los riegos en torno a un mes

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Los embalses del Duero, al 72% de capacidad, diez puntos menos que hace un año
Isabel Andrés Rodríguez
Isabel Andrés Rodríguez
Lectura estimada: 1 min.

Los embalses de la Confederación Hidrográfica del Duero cuentan con una reserva de agua embalsada de 2.059,8 hm³, lo que representa un 72% de su capacidad total. Un valor que supone diez puntos menos que hace un año, cuando se encontraban al 82,3%, y catorce por debajo de la media de la última década (86,5%).

"La escasez de precipitaciones y las anomalías de temperatura, excepcionalmente altas para esta época del año, han provocado una mayor demanda de agua embalsada para atender los abastecimientos y riegos necesarios. Una situación que ha provocado un descenso continuado desde principios de abril en las reservas de los embalses de la cuenca gestionados por la CHD, cuando lo habitual es que el volumen de los mismos comience a bajar a lo largo del mes de mayo", han explicado desde este organismo.

Según sus datos, en la última semana los embalses de la cuenca han perdido 43,6 hm³, destacando los 10,3 hm³ del embalse de Riaño, que atiende las demandas de riego de casi 75.000 hectáreas, la mayor extensión de toda la cuenca del Duero, y los 6,6 hm³ de Santa Teresa, embalse que abastece a la ciudad de Salamanca y a unas 30.000 hectáreas de regadío.

PLAN DE SEQUÍA

Por otra parte, y según el último informe de sequía a 30 de abril, todos los sistemas de la cuenca siguen en normalidad en cuanto al indicador de sequía prolongada, mientras que el Pisuerga pasa a alerta y el Carrión y Cega entran en prealerta en cuanto a escasez, sumándose así a Bajo Duero y Torío-Bernesga.

3 Comentarios

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usuario anonimo 6/9/2023 - 9:59:06 AM
Hay que endurece las penas por tener pozos de agua ilegales, todos los pozos de agua legales deben de figurar en el Catastro con su ubicación GPS, dichos pozos de agua legales deben de contar con una chapa de aluminio 20x20 troquelada, expedida por la Confederación, donde se refleje la propiedad del pozo, su número de referencia/autorización. Todos los pozos que la policía de aguas/SEPRONA, localice, serán clausurados en el plazo de 72h y el dueño de la finca donde se encuentre será sancionado conforme al art. 325 del CP. El funcionario Inspector con cometidos de “policía del agua” debe de tener la consideración de Agente de la Autoridad, portar placa/carnet identificativo y arma corta, con vehículo oficial durante el desempeño de su inspección o si no portara arma, siempre acompañados en las inspecciones por una patrulla de la Guardia Civil, para evitar los acosos y agresiones de los agropiratas. Los que extraigan agua del cauce de un rio/embalse serán sancionados según el art 247 del CP, pero si se produce durante el estiaje o caudal mínimo del río o el embalse se encuentra en el 25% de su capacidad se aplicará el art 325 del CP. En cualquier caso, si los caudalímetros se encuentran trucados, se aplicará el art 325. Hay que modificar el Código Penal y aumentar las penas de multa del artículo 247 del CP, y pasar a ser castigado con la pena de multa de uno a dos años, o prisión de seis meses a dos años; el apartado dos de dicho art. se suprime. En cuanto al Artículo 325, pasa a ser castigado con multa de catorce a veinticuatro meses y prisión de dos a tres años unido a inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años; pero si dichas conductas pudieran perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales, se impondrá una pena de prisión de dos a cinco años, multa de dieciocho a treinta y seis meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años. Es preciso habilitar en la web del ministerio de Agricultura un buzón de denuncias anónimo donde se pueda reflejar la ubicación de pozos ilegales. Además, es necesario definir el concepto de “daño sustancial”. Es necesario por otra parte, inyectar agua purificada en todos los acuíferos, e interconectar las cuencas hidrográficas para evitar los desembalses, trasvasando el agua a otras cuencas/embalses.
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usuario anonimo 6/8/2023 - 9:41:21 AM
Hay que endurece las penas por tener pozos de agua ilegales, todos los pozos de agua legales deben de figurar en el Catastro con su ubicación GPS, dichos pozos de agua legales deben de contar con una chapa de aluminio 20x20 troquelada, expedida por la Confederación, donde se refleje la propiedad del pozo, su número de referencia/autorización. Todos los pozos que la policía de aguas/SEPRONA, localice, serán clausurados en el plazo de 72h y el dueño de la finca donde se encuentre será sancionado conforme al art. 325 del CP. El funcionario Inspector con cometidos de “policía del agua” debe de tener la consideración de Agente de la Autoridad, portar placa/carnet identificativo y arma corta, con vehículo oficial durante el desempeño de su inspección o si no portara arma, siempre acompañados en las inspecciones por una patrulla de la Guardia Civil, para evitar los acosos y agresiones de los agropiratas. Los que extraigan agua del cauce de un rio/embalse serán sancionados según el art 247 del CP, pero si se produce durante el estiaje o caudal mínimo del río o el embalse se encuentra en el 25% de su capacidad se aplicará el art 325 del CP. En cualquier caso, si los caudalímetros se encuentran trucados, se aplicará el art 325. Hay que modificar el Código Penal y aumentar las penas de multa del artículo 247 del CP, y pasar a ser castigado con la pena de multa de uno a dos años, o prisión de seis meses a dos años; el apartado dos de dicho art. se suprime. En cuanto al Artículo 325, pasa a ser castigado con multa de catorce a veinticuatro meses y prisión de dos a tres años unido a inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años; pero si dichas conductas pudieran perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales, se impondrá una pena de prisión de dos a cinco años, multa de dieciocho a treinta y seis meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años. Es preciso habilitar en la web del ministerio de Agricultura un buzón de denuncias anónimo donde se pueda reflejar la ubicación de pozos ilegales. Además, es necesario definir el concepto de “daño sustancial”. Es necesario por otra parte, inyectar agua purificada en todos los acuíferos, e interconectar las cuencas hidrográficas para evitar los desembalses, trasvasando el agua a otras cuencas/embalses.
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usuario anonimo 5/8/2023 - 6:03:46 PM
En Riaño desembalsan para producir electricidad, en plena sequía.....
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